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Dictamen

El objetivo de las auditorías sobre el cumplimiento de las obligaciones que la Ley del Seguro Social, Ley del Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores y sus Reglamentos imponen a los patrones y demás sujetos obligados, el de emitir una opinión profesional, informando, en su caso, las omisiones por concepto de cuotas obrero patronales, aportaciones y descuentos por amortizaciones de créditos de vivienda, determinadas en la revisión.

Las auditorías para el cumplimiento de obligaciones en materia de Seguridad Social, están reguladas por las Leyes de la materia, así como por sus Reglamentos e instructivos para la dictaminación.

 Conforme a los citados ordenamientos, las revisiones deben basarse en las Normas Internacionales de Auditoría, e incluir la revisión de los libros y registros, así como la aplicación de cualquier otro procedimiento de auditoría que se considere necesario en las circunstancias, a fin de verificar que:

  1. Se tengan los registros que establece la ley respecto de las nóminas.
  2. Se hayan determinado y enterado las cuotas obrero-patronales al Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) así como las aportaciones y descuentos por amortizaciones de créditos de vivienda al INFONAVIT, conforme lo establecen las leyes respectivas.
  3. Se haya presentado la declaración anual para la determinación de la prima de riesgos de trabajo.

Como parte de nuestro actual portafolio de servicios, ponemos a su alcance, una alternativa que le brinde certeza y seguridad respecto del cumplimiento de sus obligaciones fiscales, en materia de contribuciones estatales sujetas y optativas al dictamen, elaborado por un Contador Público Registrado.

Contribuciones sujetas al dictamen:

  • Servicios de Hospedaje. Cuando se obtengan ingresos superiores a $10, 000,000.00 (diez millones de pesos 00/100 M.N.) por ejercicio fiscal.
  • Impuesto Sobre Erogaciones por Remuneraciones al Trabajo Personal cuando el promedio mensual sea de 150 o más trabajadores o el pago de dicho impuesto haya sido igual o superior a $400,000.00 (cuatrocientos mil pesos 00/100 M.N.) en promedio mensual.

Opción al dictamen:

  • Impuesto Cedular a los Ingresos por el Otorgamiento del Uso o Goce Temporal de bienes Inmuebles.
  • Impuesto Sobre las Demasías Caducas.
  • Impuesto Sobre Tenencia de Uso de Vehículos.
  • Impuesto Sobre la Adquisición de Vehículos de Motor Usados.
  • Impuesto Sobre Rifas, Loterías, Sorteos y Concursos.
  • Impuesto Sobre Diversiones y Espectáculos Públicos.

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