EL NUEVO ISR QUE COLAPSARÁ A LAS EMPRESAS AAA

[vc_row][vc_column][vc_column_text]En las próximas horas es muy probable que ya se apruebe en comisiones la iniciativa de la Ley de Ingresos 2020 con la intención de que hacia el jueves se suba al Pleno para su discusión.

Más allá del impacto que en cientos Mipymes y trabajadores independientes tendrán las reformas al Impuesto sobre la Renta (ISR), hay otro golpe del que poco se ha hablado.

Se trata de ajustes que van a limitar la deducción de intereses de las empresas, un asunto que ya prendió focos rojos entre los asociados al Consejo Mexicano de Negocios, de Antonio del Valle.

Los intereses netos por créditos no serán deducibles cuando excedan el 30 por ciento sobre la Utilidad Fiscal Ajustada a partir del año entrante, independientemente de cuando se haya contratado la deuda.

La iniciativa que envió la Secretaría de Hacienda de Arturo Herrera, establece que el monto de los intereses no deducibles se podrá deducir en los tres ejercicios siguientes, nada más.

Se incluye una excepción a los primeros 20 millones de pesos del ejercicio y no será aplicable a los intereses que deriven de deudas contratadas para financiar obras de infraestructura pública.

Incluye construcciones en territorio nacional y proyectos para exploración, extracción, transporte, almacenamiento o distribución de hidrocarburos y para generación, transmisión o almacenamiento de electricidad o agua.

Esta no deducibilidad de intereses aplicaría en lugar de la capitalización delgada que actualmente incluye la Ley del Impuesto sobre la Renta.

La medida limita la flexibilidad de las empresas para elegir financiarse entre deuda y capital y restringe su libertad para organizarse de la manera más eficiente.

Además, perjudicará cierto tipo de inversiones, como aquellas en las que se involucran fusiones y adquisiciones en las que los créditos juegan un papel muy importante.

Las limitaciones a la deducibilidad de intereses para las empresas pueden llevar a un incremento significativo de sus obligaciones fiscales y vulnerar su situación financiera.

El impacto debe también tomar en cuenta los ajustes por inflación a dicha deducibilidad, como es el caso de México aún antes de las modificaciones propuestas al Paquete Fiscal 2020.

Asimismo, es importante reconocer el reto que significa aplicar este tipo de medidas que pueden llevar a la pérdida de competitividad del régimen fiscal de un país frente a otros.

La falta de estabilidad del régimen tributario es un costo adicional en términos de riesgo que los inversionistas tomarán en cuenta en el futuro y por el que descontarán un premio.

Fuente: https://elfinanciero.com.mx/opinion/dario-celis/el-nuevo-isr-que-colapsara-a-las-empresas-aaa[/vc_column_text][/vc_column][/vc_row]

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