BANXICO HACE EXCEPCIONES EN SUPERVISIÓN A ENTIDADES FINANCIERAS POR COVID-19

El Banco de México (Banxico) publicó una circular en el Diario Oficial de la Federación (DOF) en la que informa que ha decidido considerar inhábiles los días comprendidos entre el 23 de marzo y el 30 de abril de 2020, y, consecuentemente, suspender el cómputo de los plazos que corresponden a las diligencias y actuaciones respecto de los procedimientos administrativos de imposición de sanción, incluidos los correspondientes a los recursos, tanto de revisión, como de reconsideración.

También, los relativos a los requerimientos de información relacionados con los referidos procedimientos, salvo que en estos últimos se hiciera una especificación en contrario, a fin de que tales plazos comiencen a computar de nuevo a partir del 4 de mayo de 2020.

Asimismo, el Banxico ha resuelto suspender las visitas ordinarias de inspección hasta el 30 de abril del 2020, sin que dicha suspensión resulte aplicable al ejercicio de las demás atribuciones que le confieren a este Instituto Central la normativa aplicable en materia de supervisión.

“El Banco de México notificará en lo individual a las entidades con procedimientos de supervisión en curso, la forma en que se procederá una vez terminada la suspensión”, señaló.

El organismo central detalló que el objetivo de estas medidas es continuar promoviendo el sano desarrollo del sistema financiero y propiciar el buen funcionamiento de los sistemas de pagos, así como de dar certeza jurídica a las entidades e intermediarios financieros bajo su supervisión, ante las circunstancias derivadas de la pandemia del Covid-19.

https://www.eleconomista.com.mx/economia/Banxico-hace-excepciones-en-supervision-a-entidades-financieras-por-Covid-19-20200409-0025.html
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